La violencia contra las mujeres se define como “cualquier acción o conducta (…), que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”, situación que se puede aplicar a cada uno de los ciudadanos que, a pesar de ser acreedores de estos derechos, aún no pueden acceder de manera plena a los mismos.
En 1995 el Congreso Nacional aprobó la Ley Nº 103 contra la Violencia a la Mujer y la Familia, dotando de un marco normativo específico el funcionamiento de comisarías de policía especializadas en materia de violencia. En el año 2011 la primera Encuesta Nacional sobre Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), da cuenta de que el 60,6% de las mujeres a nivel nacional ha sufrido algún tipo de violencia, el 13.8% sufrió abuso sexual a los 14 años, y se estima que un 6,7% de mujeres pertenecientes a todas las edades ha sido violada. Esto equivale a que 380 mil mujeres ecuatorianas han sufrido este tipo de agresión, con significativos impactos en su salud física, emocional y psicológica. (*)
Las cifras citadas y los antecedentes de la legislación ecuatoriana sobre la adopción de medidas para prevenir la violencia, que en principio afecta a la mujer, evidencia ahora en el siglo XXI, que la violencia de todo tipo es un mal presente en la sociedad, que afecta a la familia en su conjunto.
Con la reforma legal que establece la responsabilidad de la protección de derechos como una de las funciones de los gobiernos autónomos descentralizados municipales, la creación de las condiciones para que esto se cumpla recae en las administraciones locales, que deben asumir con seriedad la toma de decisiones y acciones que deben ir más allá de una visión feminista o machista, debe ser una condición sine qua non de la convivencia social. Los casos de maltrato, acoso, abuso, violencia, crimen, femicidio, etc, no pueden ser solo estadísticas que se reflejen en estudios para sustentar demagógicos pronunciamientos, hay que pasar de la palabra a la acción.
Y no solo eso, la resolución de los problemas sociales, falta de empleo y trabajo, creación de oportunidades de emprendimiento, apoyo a los grupos prioritarios, son concomitantes con esta realidad que rebasa la visión electoral que en su mayoría las autoridades que integran los cabildos.
La violencia contra las mujeres se define como “cualquier acción o conducta (…), que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”, situación que se puede aplicar a cada uno de los ciudadanos que, a pesar de ser acreedores de estos derechos, aún no pueden acceder de manera plena a los mismos.
Hace poco más de un año, en el Municipio de Riobamba, se tramita la propuesta de ordenanza de “Prevención y erradicación progresiva de la violencia de género y todo tipo de discriminación en el cantón Riobamba”, impulsada por la “Coalición de Mujeres por la Equidad”, organizaciones sociales, colectivos ciudadanos. Luego de las manifestaciones públicas por su aprobación definitiva, se espera que la norma, con una visión incluyente, permita aportar a ese cambio de conducta y obligue a los organismos competentes a asumir su responsabilidad con la comunidad, que espera más de sus gobernantes, que tienen aún tareas pendientes.