Registro MINEDUC-DNPJSFL-2021-00012
Quito, 4 de marzo de 2023
FENAPE-OF-016-2023
Señores miembros del Comité Ejecutivo Nacional, presidentes y directivos de FENAPE
De nuestra consideración:
Mediante la presente, me permito comunicar a Usted que, mediante RCE-003-2023 del Comité
Ejecutivo, reunido de manera presencial y virtual el sábado 25 de febrero en Ambato, Provincia de
Tungurahua y luego del análisis correspondiente resuelve:
De conformidad con lo que disponen los artículos 5; 6; literal c);7; 10; 11 del Estatuto de la
Federación Nacional de Periodistas del Ecuador, FENAPE, concordante con los artículos 4 y 5 de
la Ley de Ejercicio Profesional del Periodista; 2; 4; 5; 6 y 18 del Reglamento de Elecciones de la
FENAPE, se CONVOCA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA con la finalidad de elegir al
Comité Ejecutivo Nacional de la Federación Nacional de Periodistas del Ecuador (FENAPE), para
el período 2023 – 2025, que se efectuará el sábado 1 de abril de 2023 a partir de las 09H00, en la
ciudad de Riobamba, provincia de Chimborazo, en el Auditorio de la democracia, Calles Colón 25-18 y Orozco.
En aplicación al artículo 18 del Reglamento de Elecciones de la FENAPE, las listas de candidatos
deberán presentarse en la Secretaría de Comunicaciones de la FENAPE (Ciudad San Miguel de
Bolívar, calles Guayas y Bolívar esquina, frente al Banco Pichincha) y a través de la cuenta oficial
de correo electrónico institucional: comunicacionesfenape@gmail.com
ORDEN DEL DÍA:
1. Constatación del quórum;
2. Proceso de Elección del Comité Ejecutivo Nacional, para el período 2023 – 2025
3. Proclamación de resultados; y
4. Posesión del Comité Ejecutivo Nacional electo
Con la finalidad de que se sirva tomar en cuenta lo pertinente, me permito transcribir lo señalado en
dichas normas:
LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DEL PERIODISTA:
“Art. 4. – La Asamblea Nacional es la máxima autoridad de la Federación y estará integrada por
dos delegados nombrados por cada colegio, y un delegado más por cada veinte afiliados que
excedieren del mínimo requerido para la constitución de un colegio.
Art. 5. – La Asamblea Nacional elegirá, cada dos años, al presidente y a los Miembros del Comité
Ejecutivo Nacional. El presidente de la Asamblea Nacional será también del Comité Ejecutivo
Nacional y el representante legal de la Federación, el que no podrá ser reelegido sino después de
un período posterior al de su ejercicio”.
ESTATUTO DE FENAPE:
“Artículo 5. -La Asamblea Nacional es la máxima autoridad de la Federación, se reunirá dentro de
los tres primeros meses de cada año y estará integrada de acuerdo a lo que establece el Art. 4 de la
Ley de Ejercicio Profesional del Periodista. Los delegados deberán ser necesariamente miembros
del Colegio al que representen, estar aptos para ejercer sus derechos y tendrán derecho a un voto
cada uno”.
“Artículo 37. – Son atribuciones y deberes del Directorio del Colegio Provincial: …
g) Designar y remover a sus representantes ante la Asamblea Nacional”.
“Artículo 54. – Son deberes y derechos de los periodistas profesionales, Licenciados en Ciencias de
la Comunicación, Comunicación Social e Información del Ecuador:
e) Tener voz y voto, derecho a elegir y ser elegido para cualquier cargo directivo o representativo
de la Federación Nacional de Periodistas y/o de los Colegios Provinciales.
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE FENAPE:
“Artículo 2. – La Asamblea Nacional estará integrada conforme lo establece el Art. 4 de la Ley de
Ejercicio Profesional del Periodista”.
Artículo 19. – Una vez instalada la Asamblea Nacional convocada para el efecto, de acuerdo a
disposiciones estatutarias, se designarán tres escrutadores, dos por la Asamblea y uno por la
Presidencia.
Artículo 20. – Designados los escrutadores, se procederá a elegir, por votación secreta, a los nuevos
miembros del Comité Ejecutivo Nacional integrado de acuerdo al Art. 6 de estos Reglamentos.
Artículo 22. – Los nuevos dignatarios, una vez terminada la elección, se posesionarán y asumirán
sus funciones ante la misma Asamblea Nacional. Quienes no estuvieren presentes, lo harán ante el
Comité Ejecutivo de la Federación.
“POR LA DEFENSA DEL EJERCICIO PROFESIONAL Y LA LIBERTAD DE
EXPRESIÓN”
Cordialmente;
Danilo Eduardo Villarroel Silva Mgs.
Presidente
Joselyn Soria Ortiz Mgs.
Secretaria de Comunicaciones