El ministro de Transporte y Obras Públicas, Marcelo Cabrera, como titular de la entidad rectora nacional en materia de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, dispuso a la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) realice una revisión minuciosa de los dispositivos electrónicos de control de velocidades, conocidos como radares y, en caso de ser necesario reubicarlos de manera urgente.
El anuncio lo realizó hoy, martes 12 de octubre de 2021, junto a Adrián Castro, director ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y Carlos Balarezo, director ejecutivo de CTE, en atención a las constantes solicitudes de la ciudadanía. “Los radares tienen una función fundamental y es preventiva, para nada es recaudatoria”, reiteró Cabrera.
Bajo este principio informó las directrices que se tomará en cuenta:
- Los dispositivos tecnológicos, radares, cámaras, etc., serán instalados con base a los estudios técnicos de factibilidad en el que, entre varios aspectos, justifiquen de manera técnica que se trata de los puntos de mayor siniestralidad en la Red Vial Estatal (RVE) o casco urbano, para el efecto se tomarán en cuenta las estadísticas y registros históricos con los que cuenta la institución.
- Todo espacio o zona de control en los que se instale o se prevé instalar estos medios tecnológicos, deben contar con señalización vertical y horizontal tanto en el punto de control como antes del mismo, de manera preventiva, de conformidad con la reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, vigente desde el 10 de agosto de 2021.
- Únicamente se permitirá la instalación de medios tecnológicos que se encuentren debidamente homologados por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), con la finalidad que garanticen su operatividad, calibración y sensibilidad tecnológica.
- Las entidades que realicen el control de tránsito, deben presentar y publicar de manera semestral los resultados de los impactos causados con los indicadores de evaluación de los siniestros de tránsito en los puntos donde estén instalados estos dispositivos, toda vez que se haya alcanzado una disminución en la siniestralidad -que es su objetivo- y hayan generado una cultura de cambio en los ciudadanos que generalmente transitan por dichas vías.
- Las entidades que realizan el control operativo de tránsito están obligadas a realizar campañas de prevención a la ciudadanía y de socialización en el que se informe los puntos en donde se encuentren ubicados dichos medios tecnológicos, al menos 20 días antes del inicio de la operación o reubicación de estos equipos.
- La ANT deberá expedir las regulaciones encaminadas a reducir la morbilidad y mortalidad en siniestros viales, así como las reformas internas en su reglamentación para mejorar la operatividad de los medios tecnológicos.
- La Comisión de Tránsito del Ecuador revisará cada una de las ubicaciones en los que se haya instalado los medios tecnológicos, constatando que los mismos se encuentren en perfecto funcionamiento y a su vez cumplan con su objetivo, caso contrario deberán inmediatamente ser reubicados en sectores donde existan puntos críticos y puntos negros.
- Finalmente, la ANT en el ejercicio de sus competencias realizará la verificación en muestra aleatoria de los distintos equipos instalados para el control operativo.
De su lado, Carlos Balarezo, director ejecutivo de CTE, manifestó que la entidad cuenta con 281 radares sancionatorios fijos y 441 radares informáticos que, en 90 días serán reubicados si no cumplen las reformas a la Ley de Tránsito.
«Como Comisión de Tránsito del Ecuador no nos enfocamos en salvar vidas, buscamos cuidar de ellas y es por eso que implementamos estas medidas de prevención en todas las vías de nuestra competencia», puntualizó Balarezo.
Finalmente, Adrián Castro, titular de la ANT, ofreció el apoyo técnico de la institución a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) en todo el territorio nacional, con el propósito de que estos dispositivos sean ubicados como manda la Ley de Tránsito.