Asamblea conocerá este jueves objeción al proyecto de reformas a la Ley de Educación Superior

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Mayores oportunidades de acceso a las universidades, escuelas, politécnicas, institutos técnicos y tecnológicos, institutos de artes y conservatorios, se generan a partir de las reformas a la Ley de Educación Superior. Este jueves 12 de julio, a partir de las 09:00, el Pleno analizará y resolverá la objeción parcial del Ejecutivo, según convocatoria de la presidenta de la Asamblea Nacional, Elizabeth Cabezas.

Para el ingreso a la universidad se considerará no solo la valoración de méritos, sino también antecedentes académicos, condición socio-económica, medidas de acción afirmativa que amplían las oportunidades a jóvenes del sector rural, pueblos y nacionalidades y sectores vulnerables. Además garantiza procesos de nivelación para quienes no accedan directamente al sistema.

El mandatario considera mantener en el articulado el término de institución o instituciones de educación superior en vez de universidades y escuelas politécnicas, así también cambiar la palabra privadas por particulares, acorde al Art. 352 de la Constitución.

Propone eliminar de las funciones del Sistema de Educación Superior la de categorizar a las instituciones de educación superior (IES), estableciendo, más bien, la posibilidad de evaluar y acreditar a las IES, sus programas y carreras, garantizar independencia y ética en el proceso.

Determina que son Instituciones de Educación Superior las universidades, escuelas politécnicas públicas y particulares; los institutos técnicos y tecnológicos, pedagógicos y de artes, debidamente evaluados y acreditados. Los institutos y conservatorios podrán tener la condición de superior universitario, previo el cumplimiento de requisitos fijados en el reglamento a la normativa y los del Consejo de Educación Superior. El Consejo de Aseguramiento de la Calidad acreditará o cualificará a los institutos para que puedan ofertar posgrados técnicos y tecnológicos.

Precisa que existe un solo tipo de autonomía responsable, dispuesta en el artículo 355 de la Constitución, por lo que no comparte que se haga una distinción entre entidades particulares y públicas para el ejercicio de dicha garantía.

Para ampliar el ejercicio de la autonomía y capacidades, el presidente de la República, Lenín Moreno, incluye en la objeción la libertad de los centros para nombrar a sus autoridades, profesores, investigadores, servidores, y trabajadores, atendiendo la alternancia, equidad de género e interculturalidad.

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